El concepto de omisión

VerfasserHans Welzel
Seiten249-253
Tercera parte
LA OMISIÓN PUNIBLE
§ 26. EL CONCEPTO DE OMISIÓN
Nagler, GS. 111 1 ss; Armin Kaufmann, Die Dogmatik der
Unterlassungsdelikte, Göttingen 1959; del mismo autor
Unterlassung und Vorsatz, v. Weber-Festchrift, p. 207; Grünwald.,
z. 70 412 ss; Androulakis, Studien zur Problematik der unechten
Unterlassungsdelikte, 1963; Hardwig, z., 74 27; Galioni, Sul fonda-
mento ontologico dellomissione, Il Foro Penale 1963 p. 306.
El poder de la voluntad humana no se agota en el ejercicio de la actividad f‌i-
nal, sino que comprende también la omisión de ella. Jun to a la acción apare-
ce la omisión como una segunda forma inde pendiente dentro de la conduc-
ta humana, susceptible de ser regida por la voluntad dirigida por el f‌in. El
Derecho Penal se ocupa tam bién, en determinada medida, de la omisión de
acciones. Pues, como lo hemos visto ya en el § 8 II 3, existen normas jurídicas
que ordenan efectuar acciones para la producción de resultados socialmente
deseados o para evitar aquéllos socialmente indeseados. Estas normas se lesio-
nan mediante la omisión de la conducta mandada. La lesión de estas normas
de mandato, que se produce por la omisión de la acción man dada, está en
cierta medida sujeta a pena: en los llamados delitos de omisión.
I. LA ESTRUCTURA ONTOLÓGICA DE LA OMISIÓN
Desde un punto de vista ontológico, la omisión no es en sí misma una acción,
ya que es la omisión de una acción. Acción y omisión se comportan en tal
sentido como A y no A. El lenguaje común que inclu ye la omisión en el con-
cepto de “acción” emplea por ello este concepto en un doble sentido y lleva
por esta razón a una falta de claridad sustan cial, al transferir a la omisión, sin
notarlo, características que solo corresponden a la acción en su verdadero sen-
tido (por ejemplo, el pro blema de la “causalidad de la omisión”). En realidad,

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