La medida de la pena
Verfasser | Hans Welzel |
Seiten | 318-325 |
318 derecho penal alemán
5. Publicación del fallo (§§ 165, 200)
Es pena accesoria y satisfacción para el lesionado al mismo tiempo (RG. 73
24; . 10 310).
En caso de concurso de un delito según los §§ 164, 185 ff, con otro hecho
punible, este último no debe ser incluido en la publicación (BGH. 10 310).
III. APÉNDICE
La suma que se paga al lesionado no es una pena, sino una indemnización por
daños y perjuicios (§§ 188, 231). Sobre esto Kern, Mezger-Festschrift, 407
(véase infra, § 421 IV 3).
§ 34. LA MEDIDA DE LA PENA
I. LA DETERMINACIÓN LEGAL DE LA PENA
1. Solo en algunos casos excepcionales la ley fija una magnitud absoluta-
mente determinada de la pena, sobre todo con el presidio perpetuo
en el § 211.
2. En la gran mayoría de los casos la ley fija un marco penal, dentro del
cual el juez debe determinar la pena para el caso particular: este que-
da sujeto a los límites del marco penal (BGH. 7193; 21 139). El
mar co normal de penas, del cual parte fundamentalmente el tipo,
puede ampliar su margen hacia abajo por circunstancias atenuantes o
ante casos menos graves, o extenderlo hacia arriba en casos especial-
mente graves, por ej., § 243, inc. 22; § 223 b), inc. 2°.
Sin embargo, a los casos menos graves, o bien a los especialmen-
te graves, conciernen solo momentos valorativos que tienen relación
con la apreciación del hecho, tanto desde el aspecto objetivo como
del sub jetivo; en cambio, a las circunstancias atenuantes conciernen
incluso aquéllas que no tienen relación alguna con el hecho y que,
p. ej., solo tienen importancia en razón de la finalidad de la pena.
(BGH. 2181; 4 9).
3. Causas generales de atenuación o agravación de la pena
Aquí se trata de causas modificatorias de la pena, previstas en la
Parte General, en principio por igual para todos los delitos.
a) Causas de atenuación de la pena: tentativa (§ 44); complicidad
(§ 49); participación en los casos del § 50, inc. 2°; juventud
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