Tipicidad y antijuridicidad de lo injusto penal
Verfasser | Hans Welzel |
Seiten | 72-84 |
Capítulo primero
LO INJUSTO Y SU HECHOR
§ 10. TIPICIDAD Y ANTIJURIDICIDAD DE LO INJUSTO PENAL
Una acción se convierte en delito si infringe el ordenamiento de la comuni-
dad en algún modo normado por los tipos penales y puede serle reprochada
al autor a título de culpabilidad. Una acción tiene que infringir, por consi-
guiente, de un modo determinado el orden de la comuni dad, tiene que ser
“típica” y “antijurídica”, y susceptible de ser reprochada al autor como perso-
na responsable, tiene que ser “culpable”. La tipicidad, la antijuridicidad y la
culpabilidad son los tres elementos que convierten una acción en un delito. La cul-
pabilidad —la responsabilidad personal por el hecho antijurídico— presupo-
ne la antijuridicidad del hecho, del mismo modo que la antijuridicidad, a su
vez, ha de estar concretada en tipos legales. La tipicidad, la antijuridicidad y la
culpabilidad están relacionadas lógicamente de tal modo que cada elemento
posterior del delito presupone el anterior. En el primer capítulo se tratará, por
consiguiente, primeramente la tipicidad y la antijuridicidad; a continuación,
en el segundo capítulo, sigue la investigación de la culpabilidad.
La división del delito en tres diversos grados de enjuiciamiento y valoración
estructurados uno sobre y a continuación de otro proporciona un alto grado de
racionalidad a la aplicación del derecho, la facilita y la asegura contra contra-
dicciones y arbitrariedades. Mediante la diferenciación de grados de valoración
permite un resultado final adecuado y justo. Cnfr. Welzel, JUS. 66, p. 421.
La separación de la antijuridicidad objetiva de la culpabilidad —con ello su desglosa-
miento de un amplio concepto an terior de culpabilidad y su independización como
un grado específico del delito— es de data reciente: se remonta al trabajo de Ihering
sobre “Das Schuldmoment im Römischen Privatrecht” (1867). Se ha impuesto
paulatinamente, a pesar de la oposición inicial de Adolf Merkel (Kriminalistische
Abhandlung I 42 ss.) y Binding (Normentheorie, P edición, I 245) y a pesar del
antagonismo posterior entre otros de Kohlrausch (Irrtum und Schuldbegriff im
Strafrecht, 1903), Hold von Ferneck (Die Rechtswidrigkeit 1903, 1905), Graf zu
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